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Pluralismo y universalismo Imprimir Correo electrónico
Publicado por Francisco Silva Martínez   
Sábado 03 de Enero de 2009 23:39

Las diferencias entre las teorías propuestas por Amartya Sen y Martha Nussbaum parecieran sustentarse exclusivamente en la oposición excluyente entre “pluralismo” y “universalismo”.

Por respeto a la pluralidad Sen se abstiene de presentar en sus reflexiones sobre desarrollo y progreso social un listado explícito y limitado de dimensiones o capacidades que pueda ser aceptado, desarrollado e implementado sin importar condiciones espaciales (manifestaciones culturales locales) o limitantes temporales (cambios diacrónicos). Por lo tanto, diseñar un listado de capacidades de carácter inmutable tanto en el tiempo como en el espacio contraviene o contradice la misma definición que de “capacidad” ha elaborado Sen en su libro Development as freedom (1999), traducido al español como Desarrollo y libertad (2000): “la ‘capacidad’ de una persona se refiere a las combinaciones alternativas de funcionamientos que puede alcanzar. Así pues, la capacidad es un tipo de libertad: la libertad sustantiva de alcanzar combinaciones alternativas de funcionamiento (o, dicho menos formalmente, la capacidad de alcanzar diversos estilos de vida)” (2000: 70). En virtud de esa libertad el debate público debe ser el mecanismo para que cada sociedad determine o “actualice” esos “diversos estilos de vida”, según Sen

Por su parte Nussbaum, reconocida por sus tesis en contra del relativismo cultural, sí propone en su trabajo Women and Human Development (2000) una tipología de capacidades o dimensiones. Ese listado incluye dimensiones aparentemente disímiles que van desde la vida hasta el control sobre el medio, pasando por la capacidad del juego o el respeto a otras especies. Los argumentos de Nussbaum si bien no toman como punto de partida la libertad, no pueden ser interpretados como propuestas universalistas que ataquen la diversidad cultural o la autonomía de los individuos. Cada una de esas diez dimensiones o capacidades establecidas por Nussbaum pretende instalarse en nuestra percepción del desarrollo humano como axioma ético que la administración pública de todos los estados del mundo, sin excepción, debe implementar y garantizar.

Es importante resaltar que una revisión detallada de ambas propuestas nos lleva a intuir la existencia de dos situaciones teóricas diferentes. Primera: parece que la oposición entre “pluralismo” y “universalismo” no es tan clara como se nos ha querido presentar. La elección de una de ellas no tiene porqué insinuar lógicamente, como una disyunción excluyente, la eliminación de la otra. El pluralismo demandado por Sen se ha de entender en el marco exclusivo de la “actualización”, en términos aristotélicos, del principio universal y “potencial” de la libertad humana. Vista así, la propuesta de Sen se ha de inscribir en una teoría sociológica que reconozca la realización o “actualización” multicultural de universales antropológicos que generalmente no se definen en el marco de una teoría de la sociedad o de la cultura. Por otra parte y contrario a lo anterior, el universalismo reclamado por Nussbaum, como antídoto del paternalismo (protección a culturas supuestamente inferiores) o el dogmatismo (dominio de culturas supuestamente superiores) no puede ser interpretado desde un marco de análisis sociológico. En este caso, sintetizar en una lista limitada todas las capacidades humanas adquiere plena legitimidad únicamente dentro de una teoría antropológica que defina “lo humano”, no en función de realizaciones o “actualizaciones” culturales, sino de las “potencialidades”, deducibles de las funciones biológicas y las facultades mentales, propias de nuestra especie. Por lo tanto la taxonomía propuesta por Nussbaum debe someterse a ese criterio de evaluación. Si una, alguna o todas esas capacidades llegasen a estar concebidas desde una lectura particular o una “construcción cultural particular”, como puede ser aquella que proviene de la tradición grecolatina, Nussbaum reafirmaría indirectamente ese mismo relativismo cultural que pretende negar.

La segunda situación nos llevaría a complementar la primera. Parece que ese pluralismo cultural (“multiculturalismo”, como lo definiría el profesor mexicano Ambrosio Velasco Gómez en su trabajo Republicanismo y multiculturalismo, (2006)) propio de una propuesta sociológica debe ser sustentado por una teoría antropológica que no ponga en entredicho la universalidad de “lo humano”. Sin embargo esta relación de complementariedad teórica entre sociología y antropología o de simbiosis entre “lo cultural” y “lo humano” es altamente problemática pues encontrar una definición de hombre que no esté mediada por el tamiz semiótico de la cultura es absolutamente imposible, pues solo los humanos (hasta hoy ningún no-humano ha podido opinar sobre el tema o al menos no hemos podido “descifrar” sus posibles comentarios) que únicamente pueden expresarse gracias a las herramientas simbólicas que les provee una cultura específica, son los que construyen las propias definiciones sobre sí mismos como especie.

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